El derecho a lo torcido

El blog para los amantes del derecho paranormal ¡¡¡HEMOS VUELTO POR ACLAMACIÓN POPULAR (jajo jajota)!!!

domingo, 17 de abril de 2011

1 libro x 1 euro



En abierta oposición a la Ley Sinde, el escritor Juan Gómez-Jurado, escribió recientemente un artículo crítico sobre la ley antidescargas. Retado por un conocido cantante de cuyo nombre no quiero acordarme a ofertar una novela gratis, este escritor, no sólo la ha ofertado en descarga libre, sino que la ha ofrecido a la ONG SAVE THE CHILDREN, para que quien quiera, done 1 euro como mínimo por descarga para ayudar a la infancia.

Para leer el libro, es necesario descargarse e instalarse un lector de ebooks. El más conocido es el Calibre, que además es completamente gratuito y sirve para administrar la biblioteca:

http://calibre-ebook.com/

Y por mi parte, tras dos incursiones exitosas y premiadas en el terreno de la doctrina jurídica, doy el salto a la literatura divulgativa con el "Código Penal para principantes", con capítulos tan subversivos como "¿Cuando no es delito robar una casa?", evidentemente en formato ebook como mandan los cánones y las nuevas tecnologías, también en 1 libro x 1 euro, que hay que ayudar a la infancia.

La sentencia de la operación Ballena Blanca: la confirmación de otro bluff judicial

En este enlace podreis descargarla para disfrutar muchos días de lectura interesante, y es que sus más de 500 folios son casi una tesis doctoral sobre cómo no se debe instruir en España (o mejor dicho, en ninguna parte, pues esta instrucción es vergonzante para cualquier país que se haga llamar democrático):

http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/201103/31/espana/20110331elpepunac_3_Pes_PDF.pdf

Medio centenar de personas detenidas, encañonadas delante de su propia familia, mientras algún advenedizo se encargaba de avisar a periodistas en una causa judicial secreta, para que estuvieran cámara en mano pendientes de los registros y detenciones en una despreciable actitud que está muy lejos de lo aceptable en cualquier estado democrático.

La labor policial es encomiable cuando se centra en el trabajo honesto y discreto en defensa de todos nosotros, pero especialmente indigna cuando se desempeña con exhibición pública de abuso de poder, y en este caso se detuvo a más de 30 personas
sin justificación alguna y se les hizo dormir en calabozos, hacinadas e insultadas, como relatarían en el juicio, debiendo recibir algunas de ellas tratamiento psiquiátrico posterior (sí, psiquiátrico, que no psicológico).

Con hijos, padres y cónyuges en un estado de lamentable sufrimiento, notarios atrapados y esposados delante de su familia para luego no ser siquiera acusados (de los 30 humillados, 19 serían acusados, y de ellos, 5 condenados).

Nadie ha pedido una disculpa: ni Policías, ni Jueces, ni Fiscales.

Todos silban y miran para otro lado.

El Fiscal se ha limitado a espetar a los medios que recurrirá la Sentencia.

Está claro que el "Código Penal para principiantes" que leen en las academias de Policía no basta ni justifica que todo aquello que pareciere un delito, se considere delito, se detenga y se humille a los ciudadanos, y para el caso de que no sea delito lo que consideraron como tal, quede la excusa de que ya pondrá el Juez al ciudadano en libertad tras 72 horas de cautiverio...

La natural (y legitima) tendencia policial a la incriminación fácil debe ser templada por un fiscal que pondere muy mucho las opiniones que se le presentan, y a su vez, la iniciativa del Ministerio Público debe estar acotada y valorada por un Juez imparcial.

Cuando Policías, Fiscal y Juez pasan a ser la misma cosa, hay una grave quiebra del sistema democrático.

Léase en la sentencia que se ha intentado criminalizar, desde la base de la más absoluta y agresiva ignorancia, la tenencia y existencia de empresas con domicilio social en el estado norteamericano de Delaware. Afortunadamente, la Sentencia concluye que “es un hecho que ni USA ni Delaware tienen la consideración de paraísos fiscales ni han sido oficialmente considerados no cooperantes”.

Cuando eso no lo sabe la Policía (más entusiasmada en la investigación que en confirmar la verosimilitud de sus fuentes), ni el Fiscal (abrumado por una investigación que hace suya), ni el Juez (que lejos de ser un equilibrio, rueda y se ubica junto a la inteligencia policial), no podemos sino calificar de vergonzante la Justicia que tenemos.

¿Todavía defendiendo la colegiación obligatoria?

Nuestro amigo Monsieur de Villefort ha recensionado a su manera la entrevista a Carlos Carnicer, Presidente del CGAE, contenida en el número 63 de Lex-Nova. Extracta que Carnicer apuesta "por la colegiación obligatoria para todas las profesiones reguladas que tengan título universitario. Por nuestra experiencia, no existen sectores ocluidos a la actividad comercial, cuando ésta es absolutamente libre. La experiencia que nos ha dado la ´invisible´ mano del mercado señala que donde existe un espacio que se vacía, inmediatamente otro ocupa su lugar. Si se suprimen las funciones que hoy prestan los Colegios Profesionales de forma desinteresada, otros las prestarán con un mayor coste social”.

Concluye nuestro amigo Villefort que "Nadie saldría perdiendo con la supresión de tan cadavéricos entes. Bueno, nadie no. Únicamente perdería esa clase dirigente que un lustro sí y otro también monopoliza los puestos como si de cargos políticos se trataran. Porque eso y no otra cosa supone hoy en día el ejercer un cargo dentro de un colegio profesional. Un cargo político más. A costa, eso sí, del bolsillo del sufrido profesional (...)".

Yo no iría tan lejos en mis afirmaciones, pero sí es cierto, y ahí queda para la reflexión, que con independencia de la utilidad puntual del Colegio, que no niego, en estos entes se encuentran fijos y enquistados una serie de personajillos a modo de casta nobiliaria que puestos a investigar, constituyen un auténtico árbol genealógico de decanos, ex-decanos, delegados, ex-delegados y todos los afines a los mismos, tantos, que ríete tú del nepotismo y pesebrismo político.

¿Adios a Pc City?

Basta ver las opiniones sobre esta tienda en Ciao.com para comprobar que sus prácticas no eran todo lo deseables según el criterio de los consumidores, entre otros yo mismo, quien tan sólo hace un mes pudo comprobar que los precios eran incorrectos (siempre al alza) y de tres personas que estábamos en caja, los tres tuvimos problemas en el cobro, ya que por inexplicables razones, las ofertas no estaban registradas en los ordenadores, o directamente los precios contenían un plus del 20 % sobre el marcado en estantería.

Afortunadamente, la gente no se chupa el dedo, y lo que en otros tiempos "podría colar", en época de crisis es más complicado y el consumidor sabe el precio de lo que coge, sin que sea sencillo colar un sobreprecio.

Mi última experiencia fue harto curiosa, ya que el encargado en Málaga, un personaje fofo y desganado, cuando la cajera le decía desde lejos que tal importe marcaba mal, indicaba con el pulgar en alto, que ok, que cobrara al precio que el cliente señalaba, que era el de estantería.

Dicha conducta no es normal, como tampoco lo era que de tres personas, tres precios mal marcados y al alza... y el pulgar al alza con el estilo de un César condescendiente hacía presumir que lo sucedido no era un hecho ocasional.

Que cada cual saque sus conclusiones.

La mía es que con la caída de las 34 tiendas, y a tenor de los comentarios negativos que pululan por la red, entre otros los míos, los consumidores hemos ganado en salud mental.

Es triste ver que 1.224 empleados quedan en la calle, con cierre de todos sus centros de trabajo, pero quedémonos con la moraleja de que la gente no es tonta, y que cuando acudes a una tienda, y los precios siempre fallan (al alza), y nunca hay existencias de los productos gancho (ofertas del catálogo), y que los vendedores te intentan convencer de que te lleves algo que no buscabas, escondiendo las existencias que aparecen en catálogo como ofertas (personalmente tuve que quitar tres filas de impresoras HP que ocultaban varias impresoras Samsung, la de la oferta que adquirí hace un mes), concluyes que esta tienda era una verdadera lacra comercial.

Otro día hablaremos de los chinos, que por cierto, en pocas horas ya han adquirido varios de los locales donde se ubicaba Pc City, lo que confirma que en un siglo, el mundo será chino o no será.

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra la Iglesia: Vence la Iglesia

Con la Iglesia hemos topado. El Auto 20/2011, de 28 de febrero de 2011, inadmite a trámite el recurso de amparo 9929-2008, promovido por la Agencia española de protección de datos, en contencioso sobre cancelación de datos obrantes en los libros bautismales.

La historia no tiene desperdicio:

La AEPD mediante resolución de 23 de mayo de 2006, dictada en el procedimiento TD 46-2006, acordó estimar la reclamación formulada por un ciudadano e instar al Arzobispado de Valencia para que remitiera al reclamante certificación en la que se hiciera constar que se había anotado en su partida de bautismo el hecho de que había ejercido el derecho de cancelación o motivara las causas que lo impiden.

El Arzobispado interpuso recurso contencioso-administrativo alegando, por un lado, la inviolabilidad absoluta de los libros y registros de la Iglesia Católica frente a la acción del Estado y, por otro, que dichos libros no tienen la consideración de ficheros de datos en el sentido expresado por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. El recurso fue desestimado por Sentencia de 10 de octubre de 2007.

El Arzobispado contraatacó interponiendo recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, insistiendo en sus argumentos contra la decisión de la AEPD. El recurso fue estimado por Sentencia de 19 de septiembre de 2008, al considerar que los libros bautismales carecen del carácter de ficheros de datos en el sentido de la LOPD.

La AEPD promovió un incidente de nulidad de actuaciones, al considerar vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y a la protección de datos de carácter personal (art. 18.4 CE), incidente inadmitido al considerarse que la AEPD, en tanto que Administración pública, sólo es titular del derecho a latutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) en su concreta dimensión del derecho de acceso a la jurisdicción, que en el presente caso ha sido plenamente respetado. Igualmente se argumenta que tampoco es titular del derecho fundamental del art. 18.4 CE y que, a diferencia del Defensor del Pueblo o del Ministerio Fiscal, no tiene facultad de representación o sustitución de la persona cuyo derecho fundamental se considera conculcado.

La AEPD demanda amparo constitucional, inadmitiéndose por no cumplir con el requisito de admisibilidad exigido por el art. 50.1 a), en relación con el art. 46.1 b) LOTC, en tanto que la Agencia española de protección de datos carece de legitimación activa para la interposición del presente recurso.

Asunto zanjado: Iglesia 1, Estado 0.

Luego dicen que les persiguen. Que se lo cuenten al ciudadano que no ha podido ejercitar su derecho de cancelación de la partida bautismal.